Beschreibung
El presente trabajo va dirigido a dilucidar qué normas jurídicas tienen supremacía, ya sea de acuerdo con doctrinas jurídicas o en la práctica, por cuanto hace a las relaciones entre el Derecho Internacional y los Derechos internos.
Enrique P. Haba es Doctor en Derecho y Ciencias Sociales por la Universidad de la República Oriental de Uruguay, ha sido investigador de la Alexander von Humbold- Stiftung en el Rechtssemi-nar de la universidad de Tubingen, fue profesor de de la Facultad de Derecho de Costa Rica hasta el 2006. Entre 1982 y 1983 Enrique Haba fue Director de Investigaciones del Instituto de Derechos Humanos (San José). En el 2004 fue investigador de la Universidad Carlos III de Madrid. Fue profesor entre 2004 y 2006 de metodología jurídica en la Escuela Judicial de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica.
Autorenportrait
Enrique P. Haba es Doctor en Derecho y Ciencias Sociales por la Universidad de la República Oriental de Uruguay, ha sido investigador de la Alexander von Humbold- Stiftung en el Rechtssemi-nar de la universidad de Tubingen, fue profesor de de la Facultad de Derecho de Costa Rica hasta el 2006. Entre 1982 y 1983 Enrique Haba fue Director de Investigaciones del Instituto de Derechos Humanos (San José). En el 2004 fue investigador de la Universidad Carlos III de Madrid. Fue profesor entre 2004 y 2006 de metodología jurídica en la Escuela Judicial de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica.
Inhalt
0.Planteamiento introductorio
Sección [A]
PLANO I: PUNTO DE VISTA LÓGICO-FORMAL
(Logicismo)
1.La posición de Kelsen
2.El error básico de Kelsen
3.1a Conclusión: La lógica formal no resuelve la alternativa básica
Sección [B]
PLANO 2: PUNTO DE VISTA JURÍDICO-POSITIVO
(Juridicidad)
4.Formulación de ese criterio. Las hipótesis posibles
5.Situación (a): ¿Qué pasa si ambos Derechos proporcionan su respuesta propia, inconciliables entre sí?
6.Situación (b): ¿Qué pasa si solo uno de los Derechos da respuesta?
7.2a Conclusión: La solución proviene de más allá de los textos de derecho positivo
Sección [C]
PLANO 3: PUNTO DE VISTA BASADO EN HECHOS
(Facticidad)
8.Cómo se cumplen las normas jurídicas
9.La jurisprudencia
10.Tesis de la supremacía del Derecho Internacional
11.Réplica
12.Situación panorámica real
13.3a Conclusión: de hecho, en algunos aspectos predomina el Derecho Internacional y en otros predominan tales o cuales ordenamientos de Derecho interno
Sección [D]
PLANO 4: PUNTOS DE VISTA VALORATIVOS
(Estimativa jurídica)
14.La norma jurídica vista como "es" y vista como "debe"
15.Lo específico de la perspectiva primordialmente estimativa
16.Justicia, conveniencia/utilidad
17.Iusnaturalismo (iusesencialismo) técnico-esteticista: [a] presentación de esta tesis
18.Iusnaturalismo (iusesencialismo) técnico-esteticista: [b] análisis crítico de tal posición
19.4a Conclusión: Todas las nociones de justicia o de conveniencia/utilidad o cierto esteticismo normativista, relacionados con la problemática jurídica, no constituyen sino unos ideales, los cuales pueden o no ser recogidos y ser cumplidos o no cumplidos en ordenamientos de derecho positivo
20.Apéndice: Textos de Kelsen
Sección [E]
DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO Y DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
21.Planteamiento general
22.Jerarquía del Derecho Internacional Privado: Condiciones generales; enfoque de tipo vago-estimativo
Sección [F]
NATURALEZA JURÍDICA (SEMÁNTICA) Y ALCANCES PRÁCTICOS (LINGUOPRAGMÁTICA) DE LAS "OBLIGACIONES" ESTABLECIDAS POR EL DERECHO INTERNACIONAL
23.¿Qué significa "obligación" jurídica internacional?
24.Indeterminaciones en el plano semántico-intensional
25.Desfases entre Derecho Internacional como semántica y Derecho Internacional como pragmática discursiva (incluyendo la cuestión de la precisión en el primer plano y el no-isomorfismo entre ambos niveles)
26.La "comunidad" internacional real (¿"tribalismo" o sujeción a mandatos de una burocracia supranacional?)
27.Conclusión
28.Apéndice: Los "controles" en el Derecho Internacional Público
Sección [G]
ALCANCE DE LOS PUNTOS DE VISTA EXAMINADOS
29.Síntesis de las conclusiones metodológicas generales
30.Como consecuencia: Límites racionales en las opciones interpretativas de que disponen los operadores jurídicos
ESTUDIOS DEL AUTOR COMPLEMENTARIOS
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